Alcalde

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Alcalde

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Un alcalde (del árabe ????, q???, que significa “juez”) es un funcionario o cargo público que se encuentra al frente de la administración local básica de un país o parte de ella. En el mundo existe una amplia variedad de regulaciones legales o consuetudinarias, tanto en lo relativo a las competencias y responsabilidades del alcalde como en la forma en que es elegido.

Contenido

Historia

Históricamente, un alcalde ejercía, además, funciones de juez. Los poblados que ostentaban ese privilegio tenían título de villa (o de ciudad). La administración municipal de las otras poblaciones estaba en manos de un corregidor. Por esta razón, las villas tenían derecho a erigir un rollo, lugar de ajusticiamiento.

«…Alcalde significa aquella persona a quien aquel que tiene autoridad para nombrarle constituye en la dignidad de Juez de aquel pueblo o pueblos para que le confiere jurisdicción. Esta voz es árabe, deducida de la voz Cadi, que en nuestra lengua equivale a la de Juez, o Gobernador de algunas gentes, que tiene muchas acepciones, y cada una distingue su ejercicio y jurisdicción

…»

[1]

.

Existió además, en el Reino de Castilla, el cargo de Alcalde de la Casa y Corte de Su Majestad, funcionario judicial que impartía justicia en la Sala de Alcaldes de la Casa y Corte.

El cargo de alcalde tiene una duración normalmente de 4 a 6 años y puede ser reelegido en la mayoría de los países. Habitualmente está a cargo de velar por los intereses de sus conciudadanos, representándolos ante la autoridad jerárquica mayor, además de impulsar políticas locales para mejorar su calidad de vida, entre otras tareas.

América

Ron Gonzales, Alcalde de San José (EE.UU.), 1998 ? 2006

Argentina

En Argentina, siendo un estado federal, cada provincia establece la forma de gobierno de sus municipios. Por lo general, el cargo ejecutivo máximo dentro de un municipio es el de Intendente o Intendente Municipal; el concejo municipal tiene funciones deliberativas o legislativas.

Bolivia

En Bolivia, el alcalde es la máxima autoridad de un municipio. Su mandato dura 5 años pudiendo ser reelegido.

Brasil

En Brasil, el prefeito es la máxima autoridad de un municipio, jefe del poder ejecutivo municipal. Es electo para un mandato de 4 años, pudiendo ser reelegido una única vez consecutiva.

Chile

En Chile, el alcalde es la máxima autoridad de una municipalidad y en tal calidad le corresponde su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.

La municipalidad, que además del alcalde está integrada por un concejo comunal, está encargada de administrar una o más comunas. El alcalde es electo democráticamente por un periodo de 4 años, pudiendo ser reelegido.

Colombia

En Colombia, el alcalde es el cargo ejecutivo dentro de un municipio, el cual es elegido por voto popular desde 1988, y que ejerce por un período de 4 años a partir de 2004. El Alcalde dirige la Administración Municipal y representa al Municipio, sus funciones principales son la administración de los recursos propios de la municipalidad, velar por el bienestar y los intereses de sus conciudadanos y representarlos ante el Gobierno Nacional, además de impulsar políticas locales para mejorar su calidad de vida, tales como programas de salud, vivienda, educación e infraestructura vial y mantener el orden público. Debe presentar a los electores un plan de gobierno; si no lo cumple, los ciudadanos pueden pedir la revocatoria de su mandato.

En cada municipio habrá un alcalde, jefe de la administración local y representante legal del municipio, que será elegido popularmente para períodos institucionales de cuatro (4) años, y no podrá ser reelegido para el período siguiente; Siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá alcalde para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses, el gobernador designará un alcalde para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido.

Ecuador

En Ecuador, el alcalde es el jefe del poder ejecutivo de un municipio y su máximo representante. Es el responsable de la administración de la municipalidad y de sus relaciones con el gobierno central. Gobierna en conjunto con el ente legislativo local, el consejo municipal. El alcalde es elegido por sufragio democrático directo por un periodo de 4 años y puede ser reelegido.

Guatemala

En Guatemala, el alcalde es la máxima autoridad de un municipio y como tal le corresponde su administración. La municipalidad, que además del alcalde está integradas por un concejo municipal, que está encargado de administrar los recursos del municipio. El alcalde que encabeza la planilla acompañado de sindicos y concejales de acuerdo a la calidad del municipio son electos democráticamente por un periodo de 4 años, pudiendo ser reelegido.

México

En México, el alcalde o presidente municipal es el funcionario público electo, cada tres años, para presidir los cabildos de los ayuntamientos. La denominación de “presidente municipal” es la más común y tiene su fundamento en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

El presidente municipal es la figura unipersonal más importante del ayuntamiento. Cabeza de la planilla ganadora; responsable de la administración pública municipal; representante político del municipio; y presidente del cabildo, dicha figura concentra un conjunto de facultades formales e informales que lo sitúan en una condición privilegiada de la vida política municipal. La base constitucional de los municipios se encuentra en el artículo 115 de la Constitución, que dice: “Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las bases siguientes: a) Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la Ley determine. La Competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el Gobierno del Estado.

Además, la Constitución prohíbe la reelección de los presidentes municipales, regidores y síndicos para el periodo inmediato, según párrafo 2 inciso I del artículo 115 de Constitución, “Los Presidentes Municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para periodo inmediato. Las personas que por elección indirecta, o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la denominación que se les dé, no podrán ser electas para el periodo inmediato.

Véase también: Municipios de México

Perú

En Perú, el Alcalde es el funcionario público electo, cada cuatro años (desde el 2003, antes el periodo era de 3 años), para presidir los municipios provinciales y distritales del país.

El Alcalde es la figura unipersonal más importante de cada Provincia o Distrito según la Organización territorial del Perú. Es la cabeza de la lista ganadora; responsable de la administración pública municipal y de los servicios comunales; representante político del municipio; y presidente del cabildo, concentra un conjunto de facultades formales e informales que lo sitúan en una condición privilegiada de la vida política municipal.

Las primeras elecciones municipales libres y democráticas se realizaron en 1963 (antes los alcaldes eran designados por el Poder Ejecutivo).

Puerto Rico

Los municipios eligen un alcalde y una legislatura municipal en las elecciones generales cada cuatro años. Puerto Rico no tiene divisiones de primer nivel, sin embargo, tiene 78 municipios, considerados divisiones de segundo nivel, según las define el Gobierno de Estados Unidos.

Véase también: Municipios de Puerto Rico

Venezuela

En Venezuela, el alcalde es la máxima autoridad del municipio que tiene caracter autónomo, jefe del ejecutivo municipal y administrador de los recursos propios de la municipalidad. Es electo cada cuatro años, pudiendo ser reelegido por sucesivas, gracias a una enmienda constitucional, puedenser revocado a través de un referéndum, según lo previsto en la Cosntitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Existen dos tipos de alcaldes: los convencionales que gobiernan un municipio y los alcaldes Metropolitanos los cuales dirigen una alcaldía Metropolitana, la cual está integrada por varios municipios mancomunados entre sí (como la alcaldía Metropolitana de Caracas y la alcaldía metropolitana del Alto Apure).

El Poder Municipal está además integrado por un órgano legislativo, el Concejo Municipal y una Contraloría Municipal que se encarga de fiscalizar la gestión económica del alcalde y los demás entes municipales. Existen además consejos comunales, órganos externos a la municipalidad, que al igual que el alcalde, tienen funciones administrativas similares, pero que son ejecutadas por colectivo de la comunidad y están limitadas a un sector específico del municipio.

Europa

España

El alcalde es el presidente de la corporación , dirige la administración municipal y representa al ayuntamiento. Es elegido entre los concejales por mayoría absoluta, los cuales son a su vez elegidos por los vecinos en elecciones municipales por el pueblo democráticamente. Preside el Ayuntamiento.

Existen tres fórmulas de elecciones, dependiendo del número de habitantes del municipio. Si existe un régimen de concejo abierto (menos de 100 habitantes), los vecinos eligen al alcalde directamente por mayoría, este también se le conce por el nombre de postor o alcalde pedaneo.

Si el municipio tiene una población entre 100 y 250 habitantes, se elige el método de listas abiertas. En una misma papeleta figuran los candidatos de todos los partidos, y los electores deberán seleccionar un determinado número de ellos. Los más votados serán nombrados concejales, los cuales, posteriormente, elegirán al alcalde.

En el resto de los casos, los partidos concurren en listas cerradas. La asignación de concejales se realizará en función de la Ley d´Hont, concejales que, serán los que posteriormente elijan al alcalde de entre generalmente, los cabezas de lista de cada partido. Si el partido ganador ha obtenido la mayoría absoluta de los concejales, en la posterior votación entre los ediles para elegir alcalde no habrá problema en que este pertenezca a la formación política ganadora. Si por el contrario, nadie ha obtenido la mayoría absoluta de los concejales, se busca el establecimiento de pactos entre los partidos para conformar mayorías de gobierno estables, y como resultado de estos no necesariamente el alcalde ha de pertenecer al partido con mayor número de concejales.

El alcalde tiene toda una serie de facultades, algunas de ellas son delegables. Está asistido por un órgano colegiado que recibe en la actualidad el nombre de Junta de Gobierno Local y está formado por un número no superior a un tercio del número legal de miembros del Pleno. Corresponde al alcalde el nombramiento del teniente de alcalde.

Finlandia

En Finlandia, el kaupunginjohtaja (“líder de la ciudad”) o kunnanjohtaja (“líder municipal”), es un funcionario ejecutivo, el cual no es elegido democráticamente, pero se le designa una oficina pública por parte del consejo de la ciudad y se le llama simplemente, que también puede ser “alcalde”, dependiendo de si el municipio está dispuesto a llamarse a sí mismo “ciudad” o mejor dejar el nombre como municipio.

El pormestari o alcalde, del término borgmästare (“amo del castillo”) en sueco, refiere al funcionario más alto de la oficina de registro, no el encargado de la ciudad o alcalde. Además, pormestari es también un título, cuál se puede dar para el servicio distinguido en el banco del encargado de la ciudad, en algunas ocasiones. Llaman al encargado de la ciudad de Helsinki ylipormestari, cual se traduce a “alcalde principal”, por razones históricas.

Véase también

Notas

  1. ? Vicente Vizcaino Perez Tratado de la jurisdicción ordinaria para dirección y guía de los alcaldes de los pueblos de España: Trata de sus elecciones, su gobierno y de los exentos de su fuero, conforme a las leyes, pragmáticas y ordenanzas militares publicadas hasta este año, Madrid Imprenta Real, 1802 [1]

Enlaces Externos

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