Segregación
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El término segregar hace referencia a apartar, separar a alguien de algo o una cosa de otra. De esta manera el segregacionismo es aquella política que separa, excluye y aparta a grupos tales, como las minorías raciales, las mujeres, los homosexuales (gays, lesbianas), las minorías religiosas, personas con incapacidades, entre otros del resto de la población humana, en base principalmente a planteamientos de tipo racial, sexual, religioso o ideológico.
El segregacionismo se manifiesta tanto en el acceso a los recursos básicos (propiedad privada, trabajo, sanidad, educación, representación y sufragio político…) así como en otras facetas como la separación de barrios residenciales en las ciudades con la consiguiente conformación de islas urbanas o “guetos”. Esto debido en muchos casos, a las diferencias económicas, de clases sociales, de raza y nivel educativo.
La segregación puede presentarse de muchas maneras, esto depende de la cultura y/o del contexto histórico en el que ocurra. Más se puede dar en todos los ámbitos de la vida pública, tanto en la político, económico, social, cultural, como en las instituciones públicas de salud, en la esfera educativa.
El primero de los casos de segregación se denomina comúnmente en política como apartheid, y se fundamenta en el completo aislacionismo de un grupo racial en particular por parte de un grupo social predominante o mayoritario.
En el segregacionismo de carácter étnico la discriminación se produce con respecto a población perteneciente a un mismo grupo racial pero que presenta algunas particularidades sociales y culturales diferenciadoras con respecto a la población dominante. El ejemplo arquetípico de este caso lo constituye el sistema de castas hindú; otro ejemplo se da en Estados Unidos con las personas de color negro y las de color blanco (población dominante). Históricamente se ha asociado el color de piel negro, ciertos nombres de personas, formas de vestir, peinar, etc., con razas desfavorecidas, lo que hace que la segregación persista.
Los segregacionismos sexuales y religiosos son quizá los más representativos en la historia y la diversidad humana, debido al hecho significativo de que ambos factores -la religión y las relaciones sexo/género- constituyen dos de los principales universales culturales relativos al conjunto de la especie.
El segregacionismo ideológico es el de más reciente aparición, vinculándose al desarrollo de doctrinas eminentemente políticas para la gestión local, regional y estatal en contraposición con el tradicional régimen único propio de las sociedades arcaicas en el cual se entremezclan atribuciones políticas y religiosas en un mismo grupo dominante.
La segregación en muchos países no es legal, como por ejemplo para los países de América Latina, pero por ejemplo en Uruguay la mayoría de personas de color negro tienen un menor nivel educativo, ya que solo son aceptados en colegios de bajo nivel académico. Escuchamos en paises como Uruguay y Colombia que a la entrada de un establecimiento o club. Los guardias dicen que ?se reservan el derecho de admisión?y así hay muchos casos que muestran que la segregación es evidente, en particular en el sector privado.
[editar] Organización de las Naciones Unidas
Para la Organización de las Naciones Unidas (ONU), este término refiere los actos inhumanos cometidos para instituir o mantener la dominación de un grupo racial sobre cualquier otro grupo racial, a fin de oprimirlo sistemáticamente, tales como:
- Negar a uno o más miembros de uno o más grupos raciales el derecho a la vida y a la libertad de la persona (asesinar a sus miembros; atentar contra su integridad física o mental, o contra su libertad; someterlos a torturas o a penas y tratos crueles, inhumanos o degradantes; detener arbitrariamente y encarcelar ilegalmente a sus miembros;
- Imponer deliberadamente a uno o más grupos raciales condiciones de vida destinadas a acarrear su destrucción física total o parcial;
- Tomar medidas destinadas a impedir a uno o a más grupos raciales su participación en la vida política, social, económica y cultural del país y crear deliberadamente condiciones que impidan el pleno desarrollo de esos grupos (denegando a sus miembros las libertades fundamentales del ser humano, entre ellas el derecho al trabajo, el derecho a formar sindicatos reconocidos, el derecho a la educación, el derecho a salir de su país y a regresar al mismo, el derecho a una nacionalidad, el derecho a la libertad de circulación y de residencia, el derecho a la libertad de opinión y de expresión y el derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas);
- Tomar medidas destinadas a dividir a la población según criterios raciales, creando reservas y guetos separados para los miembros de uno o más grupos raciales; prohibiendo los matrimonios mixtos entre miembros de diferentes grupos raciales y expropiando los bienes raíces pertenecientes a uno o más grupos raciales o a miembros de esos grupos;
- Explotar el trabajo de los miembros de uno o más grupos raciales, en particular sometiéndolos a trabajo forzado;
- Perseguir a organizaciones o a personas que se oponen al apartheid, privándolas de las libertades y derechos fundamentales.
Sean cuales fueren su residencia o su móvil, se considera penalmente responsables en el plano internacional a las personas, los miembros de organizaciones, instituciones y de Estados que:
- Cometan los actos mencionados arriba, participen en estos actos, los inspiren directamente o conspiren para su perpetración;
- Favorezcan o fomenten directamente la perpetración del crimen de apartheid.
Si se comete durante un conflicto armado internacional, la segregación es un crimen de guerra.